domingo, 30 de septiembre de 2007

II Jornadas de Género y Derechos Humanos


Universidad Nacional de Salta
Facultad de Humanidades

II Jornadas de Género y Derechos Humanos

Salta, 16 y 17 de Noviembre de 2007



Antecedentes y Fundamentación:
Estas Jornadas se presentan como la continuidad de las I Jornadas de Género y Derechos Humanos realizadas en la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Jujuy durante los días 15 y 16 de Setiembre de 2.006.
La pertinencia e importancia de la realización de estas Jornadas se fundan en la necesidad de una reflexión crítica y de la apertura de espacios de discusión y de fortalecimiento de las prácticas políticas que giran en torno a las diversas problemáticas de género y de la diversidad sexual, y al reconocimiento y concreción de los Derechos Humanos.
Son realidades de nuestro mundo contemporáneo la exclusión, la inequidad, la violencia y discriminación generalizada que aún sufren diversos grupos: mujeres, gays, lesbianas, bisexuales, travestis, intersex, transexuales, entre otros. Estos grupos, en las últimas décadas, a partir de diferentes discursos y estrategias, han intentando resistir y revertir dicha situación, creando espacios de representación política y de lucha para ser reconocidas/os como sujetos y sujetas de Derechos y construir condiciones de posibilidad que permitan alterar los ordenes establecidos.
En este contexto, los movimientos de mujeres, los feminismos y los diversos grupos GLTTBI han visibilizado y puesto en discusión diversas problemáticas que aquejan a nuestra sociedad, logrando en algunos casos significativos avances en materia de Derechos Humanos.

Objetivos:
a) Promover espacios de reflexión crítica y diálogo en torno a las problemáticas de género y diversidad sexual, en el marco de los Derechos Humanos.
b) Establecer instancias de intercambio y vinculación entre el conocimiento académico y el accionar político con el fin de fortalecer prácticas que promuevan cambios y permitan crear nuevas relaciones basadas en la igualdad.
c) Analizar los alcances y limitaciones de dichos conocimientos y prácticas políticas para impulsar líneas de acción que posibiliten la inclusión de las diferencias para alcanzar la igualdad en términos de Derechos Humanos.
d) Contribuir a la identificación de problemáticas comunes presentes en las Provincias del NOA, creando y fortaleciendo vínculos que promuevan líneas de acción conjuntas.

Destinatarios/as:
Estas Jornadas tendrán como destinatarios/as a docentes, estudiantes universitarios y terciarios y al público en general.

Modalidad:
Paneles y Talleres

No se cobrarán aranceles

Organizan:
- Grupo Pensar el Género – Facultad de Humanidades. UNSa
- Comisión de la Mujer – Facultad de Humanidades. UNSa
- Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales – Universidad Nacional de Jujuy
- Area Queer – Tucumán
- CeDHNOA (Centro de Derechos Humanos del NOA ) – Tucumán


Para más información: pensarelgenero@gmail.com

viernes, 28 de septiembre de 2007

El legislador de PRO Jorge Enríquez presentó un proyecto para repudiar el Mundial de Fútbol Gay


El legislador de PRO Jorge Enríquez presentó un proyecto para repudiar el Mundial de Fútbol Gay y sostuvo que así “se prepara el terreno para la introducción de cambios radicales en la organización familiar”. El ARI salió a cruzarlo y consiguió que se declarase de interés ese mundial. “El proyecto homofóbico de Enríquez encubre las ideas reaccionarias del PRO. Sus palabras ratifican los dichos de su jefe político, Mauricio Macri, cuando sostuvo que los derechos humanos se habían terminado con el fin del siglo XX”, disparó el director de la Comisión de Derechos Humanos, Facundo Di Filippo, quien presentó el proyecto contrario.
(Fuente Pagina 12)

domingo, 23 de septiembre de 2007

PRIMER SEMINARIO SOBRE DIVERSIDAD SEXUAL Y DERECHOS HUMANOS

PRIMER SEMINARIO SOBRE DIVERSIDAD SEXUAL Y DERECHOS HUMANOS


25 y 27 de septiembre

I.M.M.

Salón Rojo y Salón Blanco

Organiza:

FEDERACIÒN URUGUAYA LESBICO GAY TRANS QUEER

MERCOSUR

(FULGTQ MERCOSUR)

fulgtq@gmail.com

PROGRAMA

MARTES 25 DE SEPTIEMBRE

HORARIO: 12 A 18 HS.

LUGAR: IMM SALÓN ROJO

12 A 13.30 HS. MESA DE APERTURA

1) Presentación de la Federación Uruguaya LGTQ MERCOSUR, el por qué surgió y cuales son sus principales actividades actuales y propuestas .

Psic. Sex. Bruno Ferreira, Psic. Sex. Ruben Campero

Centro de Estudios de Género y Diversidad Sexual

2) Puesta al día por algunos de los grupos que componen la Federación Uruguaya LGBTQ MERCOSUR

Pres. Jacqueline Minetti Una puesta al día de las actividades y el por qué de la incorporación a la Federación LGBTQ MERCOSUR , de ALU (Asociación de Lesbianas del Uruguay)

Ed. Pop. Pablo Nalerio AMISEU (Asociación de Minorías Sexuales del Uruguay) Presentación de las actividades que viene desarrollando desde sus diferentes ámbitos de inserción, como Mecanismo Coordinador País (MSP) entre otros, y nuevas propuestas desde la Federación Uruguaya LGBTQ MERCOSUR.

Act. Gloria Alvez. Vicepresidenta ATRU (Asociación de Travestis del Uruguay) Algunas estrategias de acción llevadas adelante desde la organización, tanto a nivel de Montevideo en los diferentes programas que participa como MSP entre otros, como a nivel nacional, y nuevas modalidades de abordaje a partir de su integración en la Federación Uruguaya LGBTQ MERCOSUR

Est. Jose González. Representante de Voces del Arcoiris. Algunas de las principales propuestas y líneas de acción que desde este colectivo se están instrumentando a partir de su incorporación a la Federación Uruguaya LGBTQ MERCOSUR .


13.30 a 15 HS. TALLER


Transitando Identidades.


Coordina: ALU (Asociación de Lesbianas del Uruguay)


15 a 16.30 HS. TALLER


Devenires Trans


A punto de partida del proyecto de cambio de identidad de género


Coordinan: Centro de Estudios de Género y Diversidad Sexual y

Voces del Arcoiris


16.30 a 18 HS. MESA DEBATE

DIVERSIDAD SEXUAL Y DERECHOS HUMANOS


JUEVES 27 DE SEPTIEMBRE

HORARIO: 15 A 18.30 HS.

LUGAR: IMM SALÓN BLANCO


15 A 16.30 HS. MESA REDONDA


ESTRATEGIAS DE ACCIÓN DESDE LA DIVERSIDAD SEXUAL Y POLÍTICAS DE PREVENCIÓN EN ITS CON ÉNFASIS EN LA POBLACIÓN DE FRONTERA. DIFERENTES ABORDAJES


Ed. Pop Pablo Nalerio: Asociación de Minorías Sexuales del Uruguay (AMISEU) Cómo se aborda la problemática desde las personas conviviendo con hiv.

Act. Kriss Müller : Asociación de Travestís del Uruguay (ATRU) las principales líneas de acción que desde este histórico colectivo pionero en el abordaje de la temátioca se están llevando a cabo.

Act. Gustavo Viera: Comunidad Homosexual de Cerro Largo, Colectivo Cimarrón (CHDCL) Propuestas y estrategias de acción específicas que se están llevando adelante y se planifican a partir de la problemática de frontera.


Act. Ana Martínez: La Brújula Queer (LBQ) Perspectiva queer sobre los discursos y las lógicas de poder ante el hiv-sida .


16.30 A 17 HS. MESA

Presentación de propuesta para trabajar con varones gay de la tercera edad desde diferentes abordajes, grupos de reflexión, comunitario, integral.


Act. Gastón Buela: Hermanas de la Perpetua Indulgencia, (HPI)


Grupo Fénix Diversidad


17 a 18 HS TALLER


LAS DIFERENTES CARAS DE LA DISCRIMINACIÓN

Un paseo por diferentes escenarios en donde la violencia explícita e implícita se manifiesta en actos de discriminación.

Coordina: Hermanas de la Perpetua Indulgencia (HPI)


18 A 18.30 HS. MESA INTERACTIVA

EVALUACIÓN DEL PRIMER SEMINARIO DE LA FULGTQ MERCOSUR.

PRESENTACIÓN DEL PRÓXIMO SEMINARIO DEL MES DE OCTUBRE A REALIZARSE EN CERRO LARGO. ALGUNAS.

REFLEXIONES ACERCA DE LO REALIZADO.

Coordinación General del Evento:

Federación Uruguaya LGBTQ MERCOSUR

FULGTQ MERCOSUR

Asociación de Lesbianas del Uruguay (ALU)

Asociación de Minorías Sexuales del Uruguay (AMISEU)

Asociación de Travestis del Uruguay (ATRU)

Centro de Estudios de Género y Diversidad Sexual (CEGEDSEX)

Comunidad Homosexual de Cerro Largo, Colectivo Cimarrón (CHDCL)

Coordinadora Intergrupal LGBTQ

La Brújula Queer (LBQ)

Grupo Fénix

Hermanas de la Perpetua Indulgencia (HPI)

Voces del Arcoiris


Apoya: Representación de la Diversidad Sexual, Comisión Contra la discriminación, Ministerio de Educación y Cultura (MEC)


Adhieren :


Area Queer (Tucumán - Argentina)

Grupo LGBT Mateando NY, Nueva York (USA)

MODIS Bahía Blanca (Argentina)

Reflejos de Venezuela (Venezuela)



Con el apoyo de: Secretaría de la Mujer, IMM.

L*s esperamos


Se ruega confirmar asistencia a través de: fulgtq@gmail.com

Entrada Libre

23 de Setiembre como el Día Contra la Explotacion Sexual -Declaración Bangladesh

COALICIÓN CONTRA EL TRÁFICO DE MUJERES
Categoría II status consultivo ante el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas

CONFERENCIA MUNDIAL
ORGANIZÁNDONOS CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL REGIONAL Y GLOBALMENTE

Dhaka – Bangladesh, 25 al 30-01-1999
Declaración de Bangladesh
Conclusiones para América
Acuerdos de la Reunión de Dirigentes Regionales de América y el Caribe (Argentina, Chile, Cuba, Estados Unidos, Puerto Rico y Venezuela)

1- Adoptar a nivel mundial el 23 de Setiembre como el Día Contra la prostitucion, en
reconocimiento a la Ley Palacios, primer intento legislativo en el continente, contra la prostitucion de mujeres, niñas y niños.
Esta ley cuyo autor fue el Dr. Alfredo Palacios, aprobada desde 1913 en Argentina, es la primera ley en América que protege a las víctimas de explotación sexual, combate el flagelo y penaliza a los responsables. Esto fue acordado entre el Consejo Nacional del Menor y la Familia de Argentina y la Coalición Contra el Tráfico de Mujeres en 1996.

2- Rechazar cualquier intento dirigido a la penalización o que intente penalizar a mujeres y niñas/os prostituídas/os, por parte de los Gobiernos Nacionales, Estatales, Provinciales y Municipales, en particular ante la situación planteada en la República Argentina y/o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o cualquier otra instancia en ese país. Entendemos que cualquier medida a tales efectos equivale a la violación de los Pactos, Convenciones y Tratados Internacionales que el Estado Argentino se
comprometió a cumplir en defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres.

3- Fortalecer los canales de comunicación del mayor número de países de las Américas y el Caribe, a través de las redes de la Coalición Contra el Tráfico de Mujeres, con las organizaciones gubernamentales, no gubernamentales e individualidades, en las reas legales, preventivas, atención directa, de capacitación, educación y salud, a fin de combatir las modalidades y manifestaciones de explotación sexual en todo el continente.

4- Crear una Red de Emergencia Solidaria, para activarla ante situaciones que la requieran en la denuncia a la violación de los Derechos Humanos de las víctimas de la explotación sexual.

5- Recomendamos mantener en cada uno de los eventos organizados por la Coalición Contra l Tráfico de Mujeres, la discusión sobre las razones por las cuales la prostitución no debe ser reconocida como trabajo, as¡ como los fundamentos filosóficos de la organización. Esto tiene como finalidad fortalecer la base ideológica de la Coalición en cada una de las acciones que desarrolle.


Coalición Argentina Contra la Trata y Tráfico de Personas
catw-argentina@arnet.com.ar
Directora Nacional y Coordinadora del Mercosur: Sara Torres
CATW - LAC Teresa Ulloa Ziaurriz tulloaz@hotmail.com

Fracturas de la heterosexualidad hegemónica

Por Emilia Torres Robles – (Degeneres-e) / extraido de sentidog


Diverso: diferente, distinto, según el Diccionario Larousse. En el conocimiento de sentido común entre la heterosexualidad y la diversidad sexual hay una brecha. Al parecer, un abismo donde las personas heterosexuales están de un lado y la otredad (gays, lesbianas, bisexuales, personas travestis, transgénero y transexuales) se encuentran del otro lado, ajenos, lejanos. ¿Es posible hablar de una heterosexualidad diversa sin remitirnos a las identidades que tradicionalmente se nombran dentro de la llamada diversidad sexual? La respuesta es afirmativa y, de hecho, nos daremos cuenta que hay más heterosexuales diversas y diversos de lo que podríamos en un inicio imaginar.

En un primer momento diremos que el término heterosexual surge años después que el de homosexual. Según Katz el término homosexual fue usado por primera vez en 1869, mientras que el de heterosexual está registrado en el Oxford English Dictionary Supplement más tarde, en 1901. Lo más interesante es que el término heterosexual era utilizado, en ese entonces, para designar individuos que tenían inclinaciones por personas de ambos sexos. Sólo más adelante y con el uso común, en el primer cuarto del siglo XX, el término adquirió la connotación que tiene ahora, es decir, la del ideal sexual y erótico de la atracción por la diferencia sexual.

Es así que el término heterosexual, en una primera aproximación, nos remite a la idea de la atracción erótica por las personas del otro sexo. Sin embargo, la heterosexualidad no se reduce a esta definición, sino que se compone de otros elementos que constituyen, lo que llamaremos una heterosexualidad hegemónica.

Michel Foucault, en su Historia de la Sexualidad , plantea los dispositivos de sexualidad que se implementaron a partir del siglo XIX y que comienzan a reconocer la heterogeneidad sexual, pero a partir de la desviación, es decir, a partir de considerarlas como anormalidades o enfermedades. Si se reconocen las desviaciones, ¿cuál es, entonces, el punto de partida para determinarlas?

Precisamente, esta interrogante nos lleva al modelo de heterosexualidad hegemónica instaurada en las sociedades occidentales que se caracteriza por tres componentes principales: la relación hombre-mujer; la monogamia y la energía sexual dirigida hacia fines reproductivos. Veamos de manera más detenida cada uno de estos componentes y las fracturas que colocan a la heterosexualidad en el escenario de la diversidad sexual:

a) Relación hombre-mujer. Esta relación parte de la idea de que lo natural es la atracción erótico-afectiva entre un hombre y una mujer. Sin embargo, la cuestión no solamente queda en la simple interacción entre hombres y mujeres, sino que está implícita una manera determinada de relacionarse. Como ya se ha hablado desde los planteamientos feministas, cada sociedad determina las expectativas respecto al ser mujer y el ser hombre en cuanto a formas de ser, comportarse, actividades, roles, expresión de sentimientos y, por supuesto, las formas en como deben interaccionar hombres y mujeres en una relación. El modelo hegemónico de heterosexualidad dicta estas pautas, las cuales se caracterizan por mantener condiciones desiguales, en desequilibrio de poder y contrapuestas entre hombres y mujeres en varios aspectos. Por ejemplo, de los hombres se esperan actitudes como la iniciativa para establecer una relación con una mujer ya sea afectiva o eróticamente, la “caballerosidad” , el rol de proveedor económico, la toma de decisiones en asuntos de pareja, la protección de la mujer que en ocasiones se llega a puerilizar , la capacidad de establecer relaciones con las mujeres de acuerdo a su “categoría” , la experiencia sexual y la integración de la pareja en sus actividades, por mencionar algunas. En el caso de las mujeres, las expectativas son: comprensión, apoyo emocional y empatía hacia su pareja, una actitud de espera con respecto al establecimiento de relaciones de pareja así como pasividad en la expresión de la sexualidad y la asunción de responsabilidades en el ámbito privado, entre otras.

Así mismo, podemos decir que la heterosexualidad hegemónica tiene como sustento la misoginia, la cual se expresa en diversos actos y omisiones, como violencia de género, así como la homo/lesbo/bi/transfobia. Esta es una práctica bastante común y tiene como base estas visiones dicotómicas de lo masculino y lo femenino, hombre y mujer, dominante y dominado, cultura y naturaleza, que además se insertan en una relación verticalizada de poder.

Hablar de una heterosexualidad diversa en la relación hombre-mujer implica colocarnos en el terreno de la desarticulación de las relaciones de dominación y poder de lo masculino sobre lo femenino. Es decir, las y los heterosexuales diversos buscan establecer relaciones intergéneros sin replicar los roles de hombre y mujer tradicionales; así mismo, tratan de establecer estas relaciones en condiciones más horizontales y equitativas. Además, también implica hablar de la construcción de identidades y/o subjetividades de género diversas, es decir, de femineidades y masculinidades distintas a los modelos estereotipados.

Otra forma de heterosexualidad diversa es la que reconoce que las fronteras entre las diferentes orientaciones sexuales e identidades genéricas son laxas y que si bien, una persona se identifica y se vive como heterosexual, puede reconocer la belleza en personas de su mismo género; sentirse atraída sin que esto implique un deseo erótico, jugar al nivel de las fantasías con diferentes posibilidades e inclusive haber tenido o tener en algún momento y período de su vida, prácticas y vivencias no heterosexuales. Incluso existen algunas personas que se nombran e identifican como heteroflexibles o como algunas/os dicen “heterosexuales con las ventanas abiertas”, haciendo referencia a esta gama de posibilidades que traspasan el abismo que tradicionalmente se ha creado: la heterosexualidad y la otredad que implica todo lo que se concibe como lo diferente.

También habría que plantear si las personas que se relacionan con hombres y mujeres transgénero y transexuales podrían considerarse heterosexuales; es decir, un hombre que se relaciona con una mujer transgénero o transexual ¿podrían considerarse una pareja heterosexual? Desde mi punto de vista, así lo es y de hecho, hay varias mujeres y hombres transgénero y transexuales que se asumen y reconocen como heterosexuales; también aquí hablaríamos de una heterosexualidad diversa y no de una situación de HSH (hombres que tienen sexo con otros hombres), por ejemplo.

En la misma situación se encuentran las personas que se travisten y que se identifican como heterosexuales; es decir, el travestismo no significa un cambio o modificación en la orientación sexual. Existen muchas parejas heterosexuales, donde –por ejemplo- la pareja hombre se traviste, sin que esto implique que la persona en cuestión cambie su orientación sexual.

De igual manera se incluye la construcción de una heterosexualidad no homo/lesbo/bi/transfóbica, es decir, de mujeres y hombres con una postura de aceptación e inclusión de las expresiones de la sexualidad no hegemónicamente heterosexuales.

b) La monogamia. Otro de los componentes de la heterosexualidad hegemónica es la monogamia. En este caso, este aspecto monogámico de la heterosexualidad hegemónica no sólo se refiere al establecimiento de una relación exclusiva entre un hombre y una mujer sino que implica un lugar y una forma de establecer esta relación: en el contexto del matrimonio y que dure para toda la vida o como se dice comúnmente “hasta que la muerte los separe”.

Sin embargo, aunque éste es el mandato social, podemos observar que las desigualdades de género también se denotan en este aspecto, ya que existe una doble moral con respecto al ejercicio de este tipo de monogamia al haber un permiso social, en el caso de los varones, para establecer otras relaciones fuera del matrimonio –siempre y cuando sean “discretas”- a diferencia de las mujeres en donde las relaciones extramaritales son sumamente condenadas.

Por otra parte, la consigna de que la monogamia además debe ser para toda la vida o por lo menos duradera, coloca a todas las otras formas de relación que no cumplan con este criterio como inestables e inmaduras.

Es así que la heterosexualidad diversa, en este rubro, implica diferentes formas de establecer relaciones monogámicas además del contexto del matrimonio; por ejemplo, mujeres y hombres que desean vivir en unión libre o establecen acuerdos de mantener una relación de pareja sin implicar necesariamente vivir juntos; por ejemplo, cada quien tiene su casa y pasan tiempos o momentos en una u otra; mujeres y hombres que establecen diferentes tipos de vínculos afectivos y/o eróticos entre ellos.

Así mismo, se incluyen los diferentes tipos de relaciones no monogámicas en donde existe un mutuo acuerdo de las personas implicadas, como es el caso del poliamor; es decir, personas que reconocen que pueden enamorarse de más de una persona de manera simultánea y establecer relaciones de pareja abiertas y responsables con ellas al mismo tiempo. También aquí caben aquellas mujeres y hombres que no desean tener pareja.

En este rubro también se consideran las y los heterosexuales que conforman familias diversas: los hogares monoparentales, las familias compuestas, las parejas que no desean tener hij@s, etc.

c) La energía sexual con fines reproductivos. Finalmente, el otro componente de la heterosexualidad hegemónica es la canalización de la libido hacia la reproducción. Uno de los sustentos para justificar la existencia o natura de la heterosexualidad es la culminación del vínculo hombre-mujer con la procreación de hijas e hijos. Es por ello que, como lo comenta Foucault, desde el siglo XIX se comienzan a patologizar o anormalizar todas aquellas prácticas que no persiguieran este fin.

Desde este punto de vista, las heterosexualidades diversas incluyen aquellas prácticas sexuales que no persiguen la procreación, que reconocen el placer como parte de la experiencia erótica-afectica y que van desde las mujeres y hombres heterosexuales que deciden no tener hijas e hijos hasta todas las prácticas sexuales que más bien tienen como búsqueda o fin el placer. Así mismo, se consideran las prácticas que desgenitalizan las relaciones sexuales, es decir, que no están centradas solamente en el coito. También se incluirían las prácticas que en un determinado momento se consideraron “parafilias” y que ahora se conocen mejor como expresiones comportamentales de la sexualidad. Éstas pueden ejercerse en diversos grados e incluso algunas se han convertido en nuevas identidades sociales, como es el caso de las personas leather y sadomasoquistas. Es importante mencionar que todas éstas son ejercidas en un marco de mutuo acuerdo –no impuesto- y libres de violencia. También están las y los heterosexuales swinger que, de común acuerdo, deciden llevar a cabo prácticas de intercambio de parejas en el ámbito erótico como una posibilidad más.

Para concluir, la desarticulación de todos o alguno de estos componentes de la heterosexualidad hegemónica, construyendo formas diferentes de relación entre hombres y mujeres, nos coloca a las y los heterosexuales diversos en el escenario de la diversidad sexual.

martes, 18 de septiembre de 2007

ACTIVIDADES POR LOS 20 AÑOS DE LA BIBLIOTECA POPULAR DE LA FLORIDA

El pasado 24 de agosto del cte, la Biblioteca Popular "Juan Pablo II" de La Florida cumplió 20 años de vida institucional.
A tal fin estaremos realizando actividades culturales, destinadas a festejar esta gran alegría que significan estos 20 años de actividad ininterrumpida.

Fundada el 24 de agosto de 1987, está actualmente ubicada en el edificio del Centro de Integración Comunitario C.I.C. en la comunidad de La Florida, departamento Cruz Alta, en la Provincia de Tucumán, Argentina.
Y tiene por misión "canalizar los esfuerzos de la comunidad, tendientes a garantizar el ejercicio del derecho a la información, la consulta y la recreación y promover la creación y difusión de la cultura y la educación permanente del pueblo".


Miercoles 26 de setiembre – 18 hs
Charla sobre
“Desapariciones, dictadura y Memoria”
a cargo de la Lic. Alejandra Schwartz

Jueves 27 de setiembre – 10 hs
Charla sobre “Educación Popular”
a cargo de Eva Fontdevila y Emanuel Gall

Viernes 28 de Setiembre – 15:30 hs
Taller sobre los Derechos del Niñx.
A cargo de Amnistía Internacional Grupo Tucumán.

Las actividades son coordinadas por Agustín José Wawrzyk del Centro de Derechos Humanos del NOA (CeDHNOA), por contactos Email: holistica.news@gmail.com


Biblioteca Popular “Juan Pablo II”
(Centro de Integración Comunitario C.I.C.)
La Florida - Departamento Cruz Alta - Tucumán

DESPIECE
El acervo bibliográfico de la Biblioteca Popular “Juan Pablo II” de La Florida son 5.000 libros y la aplicación de actividades de promoción de los DESC (Derechos Económicos, Sociales y Culturales) como por ejemplo "Familia y Nutrición","Enredándonos para Crecer", "Animación a la Lectura" por mencionar algunos
La Florida es una comunidad que esta ubicada a 20 km de la ciudad de San Miguel de Tucumán, capital de la provincia. La principal economía es la industria azucarera.
Nuestra biblioteca es un espacio de difusión cultural y educativa que articula con los establecimientos de formación educacional de la zona.
Las Bibliotecas Populares son, como decía, Domingo Faustino Sarmiento, un ex Presidente Argentino "el medio auxiliar y complementario de la escuela, porque pone a disposición de las poblaciones lejanas libros útiles y atrayentes generalizando los conocimientos donde quiera que haya un hombre capaz de recibirlos".
Es por ello que hoy, un poco más de un siglo después de la gran iniciativa tomada por el gobierno de Sarmiento, es necesario poner las Bibliotecas Populares argentinas nuevamente a la vanguardia del conocimiento, ya que cumplirán más acabadamente su misión si cuentan con elementos tecnológicos acorde a la realidad de nuestros tiempos.
Las Bibliotecas Populares en nuestro país están diseminadas a lo largo de todo el territorio nacional, lo que hace que muchas de ellas estén enclavadas en lugares muy pequeños y remotos. Es en todos estos puntos done el acceso a los servicios de telecomunicaciones, y particularmente a Internet, permitirá el desarrollo, ayudando de este modo a liberar a estas comunidades de las barreras culturales, sociales y económicas que hoy subsisten.
La Biblioteca Popular “Juan Pablo II” está actualmente ubicada en el edificio del Centro de Integración Comunitario C.I.C. en la comunidad de La Florida, departamento Cruz Alta, en la Provincia de Tucumán, Argentina.
Misión
La misión de la Biblioteca Popular “Juan Pablo II” de La Florida Departamento Cruz Alta es aportar a la comunidad, a partir de la interdisciplinariedad fortaleciendo, fomentando, difundiendo, promoviendo y protegiendo proyectos y acciones culturales, que posibilite el desarrollo integral de los individuos. Aportando de esta manera a la formación de sujetos competentes, reflexivos, críticos, investigativos, con valores ciudadanos y sociales y de producción que les permita la convivencia armónica en la comunidad y la construcción de una sociedad dinamizadora de cambios y transformaciones en pro de la calidad de vida y un futuro mejor para todos.
Visión
La Biblioteca Popular “Juan Pablo II” de La Florida Departamento Cruz Alta, consciente de su labor social, aspira a ser reconocida como una institución de carácter público, integradora de procesos formativos, científicos y de competencias. Representando así en la práctica una institución de alto nivel cualitativo, en la que, la sociedad y más allá de esos límites abstractos, encuentre y se posesione de espacios permanentes de reflexión, disfrute, solidaridad, libertad, consecuentes y generadores de respuestas para la mejor expresión de nuestra diversidad creativa e inventiva. Todo un hecho integral orientado al desarrollo endógeno de nuestra riqueza como personas respetuosas de los derechos humanos desde una perspectiva de género y un enfoque respetuoso de la diversidad, orientación e identidad de las personas.
Nuestra biblioteca es un espacio de difusión cultural y educativa que articula con los establecimientos de formación educacional de la zona.

COLECTIVOS DE LA DIVERSIDAD SEXUAL ARMAN REDES

Publicado en el suplemento "La Republica de las Mujeres", diario La República, domingo 16 de setiembre

COLECTIVOS DE LA DIVERSIDAD SEXUAL ARMAN REDES

Setiembre, el mes de la diversidad sexual, se conmemora en Uruguay con novedades en materia de organización del activismo para la optimización de la lucha contra la discriminació n de la diferencia. La mayoría de los grupos con trabajo efectivo en esta dirección se nuclearon en la Federación Uruguaya Lésbico, Gay, Transexual, Queer- Mercosur. Otros prefirieron fundar la Federación Uruguaya de la Diversidad Sexual.


En el marco de la IX Reunión de altas autoridades competentes en derechos humanos y cancillerías del Mercosur y Estados asociados, el 7 de agosto pasado nació la primera Federación Uruguaya Lésbico, Gay, Transexual, Queer- Mercosur (Fulgtq- Mercosur), que integran 10 organizaciones: Centro de Estudios de Género y Diversidad Sexual (Cegedsex), Asociación de Minorías Sexuales del Uruguay (Amiseu), Asociación de Lesbianas del Uruguay (ALU), La Brújula Queer (LBQ), Comunidad Homosexual de Cerro Largo/Colectivo Cimarrón (CHCL), Coordinadora Intergrupal LGBT Queer (inlcuye al Seleccionado de Fútbol Gay Uruguay Celeste), Grupo Fénix Diversidad, Hermanas de la Perpetua Indulgencia (HPI), Asociación de Travestis del Uruguay (ATRU), Voces del Arcoiris y Area Queer (Tucumán, Argentina).
Según su acta fundacional, la Fulgtq Mercosur es una organización nacional, regional e internacional sin ánino de lucro, cuyo objetivo es ´´trabajar en pro de los derechos humanos de toda la colectividad LGBTQ uruguaya, a la vez que coordinar agendas para la realización de seminarios o actividades dentro de los diferentes encuentros del Mercosur, así como organizar una red de colectivos LGBTQ de los países miembros y asociados´´. También se propone ´´incidir sobre agendas políticas y declaraciones de encuentros nacionales, regionales e internacionales y en organismos supranacionales, como Mercosur, OEA, ONU o cualqier otro donde se diriman asuntos que sean de interés para la diversidad sexual´´.
Entre sus propósitos figuran, asimismo; dar apoyo a sus integrantes; recopilar información, favorecer espacios de denuncia, apoyo y concientizació n; dirigir investigaciones y publicar materiales.
La Fulgtq Mercosur tiene dos categorias de miembros plenos: organizaciones que representen y estén dirigidas por personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales o queer, que hayan ´´tenido una trayectoria respetuosa, solidaria e integradora de los colectivos´´, demuestren haber trabajado en pro de la diversidad sexual y apoyen los objetivos de la federación, y personas con o sin trayectoria de activismo que acrediten pertenecer al colectivo LGBTQ.

lunes, 17 de septiembre de 2007

VI Congreso de Salud Mental y Derechos Humanos

JORNADA PREPARATORIA
Para el VI Congreso de Salud Mental y Derechos Humanos

VIDA MEMORIA Y ESPERANZA

Las Madres: 30 Años pariendo Vidas Insurgentes


Hemos construido nuestras Jornadas colectivamente con rigor intelectual, solidaridad, respeto hondo y pasiones alegres.
Nos hemos convertido, a cada paso de las Madres, en memoria viva de las luchas del pueblo de la región, y cada paso constituye un nacimiento.

La gestación de espacios de encuentros genuinos, intercambio cooperativo y la producción creativa de relaciones de trabajo académico político contra hegemónicas, han posibilitado espacios múltiples en los que poner en juego, día a día, Utopías activas, Insurgencias y formas de organización democrático populares.

Ello es fuente ineludible de diversos modos de forjar la Salud Colectiva de los Pueblos y ejercer el Derecho a las Vidas Dignas del ser Histórico Social que va pariendo Nuevos Mundos , Justos, Equitativos y cobijantes de las Diversidades tan tiernas como Rebeldes.

Los convocamos fraternalmente a participar de este nuevo encuentro de dilucidación y socialización colectiva de los conocimientos, discursos y prácticas , con los que sostenemos cotidianamente nuestro quehacer como Trabajadores de la Salud Mental y Militantes de los Derechos Humanos y Sociales que abren los senderos y territorios donde la Salud Colectiva no puede concebirse sin Justicia, Trabajo, Educación y Existencias Libertarias.

Las Madres, sus maravillosos 30 años de Vida dando a Luz Vidas Revolucionarias, son quienes han trazado los nacimientos de las Marchas que abren las Plazas, las Calles, los senderos liberados con sus pasos desde los que van naciendo: Universidades, Editoriales, Viviendas Populares, Jardines Maternales, Congresos.

Las Madres, día a día, nos sostienen e invitan a relanzar las potencias e intensidades éticas desde las que sus treinta años son tiempos y espacios para vivir y trabajar hoy sueños y realidades de natalidad combativa.

Nos encontraremos el día 29 de septiembre desde las 9 de la mañana en el MUSEO de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN, San Martín 1500, San Miguel de Tucumán.


Para mayor información enviar correo electrónico a madrestucuman@yahoo.com.ar

viernes, 14 de septiembre de 2007

CUESTIONARIO: HETEROSEXUALIDAD

hola, te pedimos que te tomes un tiempo y nos respondas este pequeño cuestionario. una vez completado podes enviarnoslo por email a identidad_queer@hotmail.com
muchas gracias!


1. ¿Cuándo descubriste tu heterosexualidad?

* De siempre.
* En mi adolescencia.
* Hace poco.
* Aún tengo dudas.



2. ¿Te costó mucho aceptar tu heterosexualidad?

* Sí, aún me cuesta.
* Un poco.
* En realidad estoy muy feliz.



3. ¿Conoces casos similares?

* Sí.
* No.
* No lo sé. La gente no habla de esas cosas.



4. ¿Piensas contárselo a tus padres?

* Sí, supongo, y creo que me entenderán. Son muy abiertos.
* No, nunca les contaría algo así.
* Creo que les costaría mucho aceptarlo. Su educación es muy tradicional.
* Ya lo he hecho.



5. ¿Y a tus amigos?

* Sí, supongo y creo que lo entenderán, ya que algunos de ellos también son heterosexuales.
* No, nunca les contaría algo así.
* Supongo que les costaría aceptarlo.
* Ya lo he hablado con algunos de mis amigos/as.



6. ¿Te has sentido alguna vez discriminado/a por ser heterosexual?

* Algunas veces.
* Sí, continuamente.
* No.
* No, porque oculto lo que soy.



7. ¿Cuántas veces has ido a un(a) psicólogo/a para que te ayude a aceptarte o te haga dejar de ser heterosexual?

* Muchas
* Estoy en tratamiento
* Tengo miedo a que no me entienda el/la psicólogo/a.
* No, no he ido por este "problema".



8. ¿Crees que una pareja de distinto sexo puede formar una familia y educar hijos/as sin que sea un trauma para ellos/as?

* Sí.
* No.
* Depende de la pareja



9. Considerando la amenaza del VIH/SIDA ¿te has planteado dejar tus tendencias heterosexuales?

* Algunas veces.
* Sí, pues sé que la mayor parte de las personas con VIH/SIDA son heterosexuales
* No,
* No, pues siempre me protejo en mis relaciones sexuales y me hago la prueba de forma periódica.

Asamblea General de ONU aprueba Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas

Nos complace mucho informar que la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó por 143 votos a favor y 11 abstenciones la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. A continuación se copia el texto (no oficial) de la Declaración. El texto oficial en español lo compartiremos en cuanto esté disponible.


DECLARACION SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Artículo 1
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la normativa internacional de los derechos humanos.

Artículo 2
Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ninguna discriminación en el ejercicio de sus derechos que esté fundada, en particular, en su origen o identidad indígena.

Artículo 3
Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Artículo 4
Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o elautogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como los medios para financiar sus funciones autónomas.

Artículo 5
Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez sus derechos a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.

Artículo 6
Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad.

Artículo 7
Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de lapersona. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzoso de niños del grupo a otro grupo.

Artículo 8
Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzosa o la destrucción de sucultura. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de:a) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia privar a los pueblos y las personas indígenas de su integridad como pueblos distintos o de sus valores culturales o su identidad étnica;b) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras, territorios o recursos;c) Toda forma de traslado forzoso de población que tenga por objeto o consecuencia la violación o el menoscabo de cualquiera de sus derechos;d) Toda forma de asimilación e integración forzosas a otras culturas o modos de vida que les sean impuestos por medidas legislativas, administrativas o de otro tipo;e) Toda forma de propaganda que tenga como fin promover o incitar la discriminación racial o étnicadirigida contra ellos.

Artículo 9
Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, deconformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. No puede resultar ninguna discriminación de ningún tipo del ejercicio de ese derecho.

Artículo 10
Los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso.

Artículo 11
Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas. Los Estados proporcionarán reparación por medio de mecanismos eficaces, que podrán incluir la restitución, establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas, respecto de los bienes culturales, intelectuales, religiosos y espirituales de que hayan sido privados sin su consentimiento libre, previo e informado o en violación de sus leyes, tradiciones y costumbres.

Artículo 12
Los pueblos indígenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos privadamente; a utilizar y vigilar sus objetos de culto, y a obtener la repatriación de sus restos humanos.
Los Estados procurarán facilitar el acceso y/o la repatriación de objetos de culto y de restos humanos que posean mediante mecanismos justos, transparentes y eficaces establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas interesados.

Artículo 13
Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas y mantenerlos.Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados.

Artículo 14
Los pueblos indígenas tienen el derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje.Las personas indígenas, en particular los niños indígenas, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado sin discriminación.Los Estados adoptarán medidas eficaces, junto con los pueblos indígenas, para que las personas indígenas, en particular los niños, incluidos los que viven fuera de sus comunidades, tengan acceso, cuando sea posible, a la educación en su propia cultura y en su propio idioma.

Artículo 15
Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias yaspiraciones, queden debidamente reflejadas en la educación pública y los medios de información públicos. Los Estados adoptarán medidas eficaces, en consulta y cooperación con los
pueblos indígenas interesados, para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad.

Artículo 16
Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación alguna. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejendebidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de comunicación privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena.

Artículo 17
Las personas y los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en el derecho laboral internacional y nacional aplicable.
Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, tomarán medidas específicas para proteger a los niños indígenas contra la explotación económica y contra todo trabajo que pueda resultar peligroso o interferir en la educación del niño, o que pueda ser perjudicial para la
salud o el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social del niño, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad y la importancia de la educación para el pleno ejercicio de sus derechos.
Las personas indígenas tienen derecho a no ser sometidas a condiciones discriminatorias de trabajo, entre otras cosas, empleo o salario.

Artículo 18
Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones.

Artículo 19
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado.

Artículo 20
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales, a que se les asegure el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo.Los pueblos indígenas desposeídos de sus medios de subsistencia y
desarrollo tienen derecho a una reparación justa y equitativa.

Artículo 21
Los pueblos indígenas tienen derecho, sin discriminación alguna, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social.
Los Estados adoptarán medidas eficaces y, cuando proceda, medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las
personas con discapacidades indígenas.

Artículo 22
Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidades indígenas en la aplicación de la presente Declaración. Los Estados adoptarán medidas, junto con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación.

Artículo 23
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.

Artículo 24
Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud, incluida la conservación de sus plantas, animales y minerales de interés vital desde el punto de vista médico. Las personas indígenas también tienen derecho de acceso, sin discriminación alguna, a todos los servicios sociales y de salud.
Las personas indígenas tienen derecho a disfrutar por igual del nivel más alto posible de salud física y mental. Los Estados tomarán las medidas que sean necesarias para lograr progresivamente la plena realización de este derecho.

Artículo 25
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese propósito les incumben respecto de las generaciones venideras.

Artículo 26
Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dichoreconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.

Artículo 27
Los Estados establecerán y aplicarán, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos
indígenas, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos, comprendidos aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado de otra forma. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso.

Artículo 28
Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa, imparcial y equitativa, por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado de otra forma y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual
calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada.

Artículo 29
Los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidadproductiva de sus tierras o territorios y recursos. Los Estados deberán establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos indígenas para asegurar esa conservación y protección, sin discriminación alguna.
Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado. Los Estados también adoptarán medidas eficaces para garantizar, según sea necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y
restablecimiento de la salud de los pueblos indígenas afectados por esos materiales, programas que serán elaborados y ejecutados por esos pueblos.

Artículo 30
No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una amenaza importante para el interés público pertinente o que se hayan acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que estos lo hayan solicitado.
Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.

Artículo 31
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales.Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.

Artículo 32
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de sus recursos minerales, hídricos o de otro tipo.Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar sus consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social, cultural o espiritual.

Artículo 33
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones. Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven.
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos.

Artículo 34
Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Artículo 35
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las responsabilidades de los individuos para con sus comunidades.

Artículo 36
Los pueblos indígenas, en particular los que están divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con sus propios miembros
así como con otros pueblos a través de las fronteras.
Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán medidas eficaces para facilitar el ejercicio y garantizar la aplicación de este derecho.

Artículo 37
Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.
Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos de los pueblos indígenas que figuren en tratados, acuerdos y arreglos constructivos.

Artículo 38
Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, para alcanzar los fines de la presente Declaración.

Artículo 39
Los pueblos indígenas tienen derecho a la asistencia financiera y técnica de los Estados y por conducto de la cooperación internacional para el disfrute de los derechos enunciados en la presente Declaración.

Artículo 40
Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes, y a una pronta decisión sobre e sas controversias, así como a reparación efectiva de toda lesión de sus derechos individuales y colectivos. En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos.

Artículo 41
Los órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales contribuirán a la plena realización de las disposiciones de la presente Declaración mediante la movilización, entre otras cosas, de la cooperación financiera y la asistencia técnica. Se establecerán los medios de asegurar la participación de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan.

Artículo 42
Las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas y los organismos especializados, en particular a nivel local, así como los Estados, promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por la eficacia de la presente Declaración.

Artículo 43
Los derechos reconocidos en la presente Declaración constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo.

Artículo 44
Todos los derechos y libertades reconocidos en la presente Declaración se garantizan por igual al hombre y a la mujer indígenas.

Artículo 45
Nada de lo contenido en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos que los pueblos indígenas tienen en la actualidad o puedan adquirir en el futuro.

Artículo 46
Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que confiera a un Estado, pueblo, grupo o persona derecho alguno a participar en una actividad o realizar un acto contrarios a la Carta de las Naciones Unidas o se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes.
En el ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración, se respetarán los derechos humanos y libertades fundamentales de todos. El ejercicio de los derechos establecidos en la presente Declaración estará sujeto exclusivamente a las limitaciones determinadas por la ley, y con arreglo a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Esas limitaciones no serán discriminatorias y serán sólo las estrictamente necesarias para garantizar el reconocimiento y respeto debidos a los derechos y libertades de los demás y para satisfacer las justas y más apremiantes necesidades de una sociedad democrática.

Las disposiciones enunciadas en la presente Declaración se interpretarán con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración pública y la buena fe.

Agradecemos a Randall Brenes, Oficial de Programas/Unidad Pedagógica del IIDH/IIHR esta informacion.

miércoles, 12 de septiembre de 2007

31aniversario de La noche de los Lápices

Para presentar y promover uno de los debates actuales en torno a la memoria colectiva, Memoria Abierta reunió un fragmento del testimonio que Emilce Moler (sobreviviente de La Noche de los Lápices) aportó a nuestro Archivo Oral y un texto de Sandra Raggio titulado “La Noche de los Lápices y los tiempos de la memoria”. Ambos recursos invitan a pensar en los significados que se ponen en juego al narrar la historia reciente de nuestro país.

Ver el fragmento testimonial


Leer el texto

Agradecemos a Memoria Abierta por compartir este material.

lunes, 10 de septiembre de 2007

8 de Septiembre: "Día Internacional de la Alfabetización"

Hoy es el dia de la Alfabetizacion, asi que como un obsequio compartimos con ustedes una serie de cápsulas radiales sobre el "Día Internacional de la Alfabetización - Naciones Unidas".

Para escucharlo o leerlo, debe ingresar al siguiente sitio:

Radialistas Apasionadas y Apasionados

Las mismas fueron tomadas del sitio web de la asociación "Radialistas Apasionadas y Apasionados", ONG peruana cuya misión es contribuir a la democratización de las comunicaciones, especialmente de la radio, desde las perspectivas de género y cuidadanía.

miércoles, 5 de septiembre de 2007

ACCION DE AMNISTÍA INTERNACIONAL

Podes encontrar más información aqui Nicaragua
Lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero (LGBT)
en peligro en Nicaragua

Actualizado el 28 de agosto de 2007


A pesar de las positivas iniciativas emprendidas en todo el continente americano, Nicaragua sigue criminalizando las relaciones sexuales mantenidas de común acuerdo entre personas del mismo sexo.

Aunque, hasta donde ha podido saber Amnistía Internacional, nadie ha sido aún procesado en aplicación del artículo 204 de la Ley de Código Penal de Nicaragua, existe en él la posibilidad de criminalizar no sólo a gays, lesbianas y bisexuales que mantienen relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, sino que su ambigua redacción podría permitir el procesamiento de personas por actividades como el activismo en favor de los derechos del colectivo LGBT o de cualquier otra persona que le proporcione información o servicios sobre salud sexual. Amnistía Internacional consideraría presas de conciencia a las personas encarceladas en aplicación de este artículo:

Comete delito de sodomía el que induzca, promueva, propagandice o practique en forma escandalosa el concúbito entre personas del mismo sexo. Sufrirá la pena de uno a tres años de prisión. [...].
Artículo 204

Amnistía Internacional considera una violación grave de los derechos humanos la aplicación de leyes de “sodomía” para encarcelar a personas del mismo sexo que, en privado y de común acuerdo, mantienen relaciones sexuales. El actual artículo 204 conculca numerosas disposiciones del derecho internacional en materia de derechos humanos. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), al que Nicaragua se adhirió sin reservas en 1980, protege los derechos a la libertad de expresión (artículo 19), a la libertad de no ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada (artículo 17) y a la libertad de conciencia (artículo 18). Asimismo, el Pacto afirma la igualdad de todas las personas ante la ley y el derecho a no ser objeto de discriminación (artículos 2 y 26). En el histórico caso Toonen v. Australia, de 1994, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, encargado de vigilar el cumplimiento del PIDCP por parte de los Estados, concluyó que, en aplicación de esos artículos, la orientación sexual debe entenderse como una condición que ha de estar protegida contra la discriminación. Los Estados no pueden limitar el disfrute de los derechos humanos en función de la orientación sexual de las personas. Desde entonces, el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha instado a los Estados no sólo a abrogar las leyes que criminalizan la homosexualidad, sino también a consagrar la prohibición de discriminación basada en la orientación sexual en sus constituciones u otras leyes fundamentales. La discriminación en función de la orientación sexual también está prohibida por otros tratados internacionales de derechos humanos en los que Nicaragua es Estado parte.

Información complementaria

El 11 de junio de 1992, la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua aprobó diversas reformas al Código Penal en relación con delitos de carácter sexual. En el artículo 204, en su versión enmendada, se estableció entonces el delito de “sodomía”. La nueva ley entró en vigor en septiembre de 1992.

En noviembre de 1992, la coalición Campaña por una sexualidad libre de prejuicios, compuesta, entre otros, por abogados y activistas lesbianas y gays, interpuso ante la Corte Suprema de Justicia un recurso de inconstitucionalidad contra el referido artículo de la Ley de Código Penal de Nicaragua. El recurso presentaba argumentos pormenorizados en los que se establecía que el artículo 204 de la revisada Ley de Código Penal conculcaba 12 artículos de la Constitución nicaragüense, entre ellos los referidos al derecho a la privacidad, a la libertad de expresión y a no ser discriminado ante la ley. El recurso aducía además que, al conculcar esos artículos, el artículo 204 violaba también normas internacionales de derechos humanos. En marzo de 1994, la Corte Suprema desestimó el recurso concluyendo que el artículo 204 no violaba ninguno de los derechos garantizados en la Constitución.
Aqui podes encontrar más información de actividades en años anteriores y contactos cerca de donde estes para sumarte a la campaña. O sino tipea http://ailgbt.blogspot.com/

martes, 4 de septiembre de 2007

IX reunión de Altas Autoridades en Derechos Humanos de los países miembros y asociados del MERCOSUR

COMISIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS PARA GAYS Y LESBIANAS



(Buenos Aires, Argentina, 30 de agosto de 2007) – El pasado 7 de agosto se dio un gran paso en el avance regional de los derechos sexuales y de genero en América Latina cuando la IX reunión de Altas Autoridades en Derechos Humanos de los países miembros y asociados del MERCOSUR emitió su declaración reconociendo y promoviendo el fin de la discriminación hacia las minorías sexuales y de género. Cuando los estados miembros y asociados aprueben la resolución, se iniciará un proceso de cambios fundamentales para los derechos y las políticas que afectan a las personas lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transgénero e intersex en el sur de América Latina.

El MERCOSUR (Mercado Común del Sur de América Latina) es un acuerdo regional de comercialización e integración que involucra a varios países latinoamericanos. Sus orígenes se remontan a 1985 cuando los presidentes de Brasil y Argentina firmaron una pacto de cooperación económica. Los estados que son miembros plenos hasta el momento son Brasil, Argentina, Paraguay, y Uruguay. Chile, Venezuela, Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú son estados asociados. En diciembre de 2004, se reunieron por primera vez las Altas Autoridades en Derechos Humanos de los estados asociados con el fin de abordar el proceso de integración en relación a la promoción de los derechos humanos en la región.

"Esta es sin duda una oportunidad sin precedentes para lograr la promoción de los derechos humanos plenos para las minorías sexuales y de género en toda América Latina", afirmó Marcelo Ferreyra, el coordinador regional para América Latina y la Caribe de IGLHRC, que participó en la sesión. "Confiamos en que los gobiernos apoyarán la declaración y la adoptarán como resolución para todo el MERCOSUR."

El año pasado, IGLHRC en el rol de asesor de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans estimuló y colaboró para que organizaciones y federaciones de los países del MERCOSUR constituyeran la Red de Organizaciones LGBT del MERCOSUR fundada con el fin de asegurar que los derechos de las personas de LGBT serían integrados a los acuerdos en la región. Cuando la IX Reunión de Altas Autoridades en Derechos Humanos del MERCOSUR tuvo lugar a principios de agosto en Montevideo, Uruguay, también se llevó a cabo un seminario sobre diversidad sexual, identidad y género. La Red de Organizaciones LGBT del MERCOSUR con ILGA, la REDLAC Trans e IGLHRC como miembros asesores se unieron a otros integrantes de la sociedad civil, defensores y defensoras de los derechos humanos, y funcionarios públicos para formular la necesidad urgente de asumir políticas claras para erradicar la discriminación por orientación sexual e identidad / expresión de género en los países miembros y asociados.

La declaración, que se reproduce abajo en su totalidad, llama a los gobiernos a:

- Revocar leyes que discriminan a las personas LGBTTI
-Promover políticas de sensibilización y educación públicas.
-Incrementar la participación de las personas LGBTTI en todos los niveles de la enseñanza pública
-Poner fin al acoso y la persecución policial.
-Adoptar leyes de protección para parejas del mismo sexo y sus familias
-Facilitar el cambio de nombre y registro de género a las personas trans.
-Crear dependencias gubernamentales para apoyar y proveer servicios a las personas LGBTTI
-Promover la inclusión de la orientación sexual y la identidad de género en el anteproyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y toda forma de Discriminación e Intolerancia.
-Crear una entidad regional para monitorear las políticas estatales.

La Red de Organizaciones LGBT del MERCOSUR fue creada en mayo de 2006 en Rosario, Argentina, con el objetivo de tener un impacto sobre las políticas de derechos humanos asumidas por el MERCOSUR.

"Si la declaración es adoptada en última instancia como resolución por el MERCOSUR, esto representaría el mayor desarrollo global para la comunidad de LGBTTI desde que se proscribió la discriminación y se criminalizó la homofobia en Europa", dijo Paula Ettelbrick, Directora Ejecutiva de IGLHRC.

"Tener el pleno apoyo de los gobiernos de tantos países latinoamericanos representará un sólido impacto mundial cuando estos países sometan a votación medidas en defensa de los derechos humanos ante la Organización de los Estados Americanos y las Naciones Unidas", agregó Ferreyra.

…………………………………..

Que dice el documento:

Montevideo, Uruguay, 7 de Agosto 2007


El Seminario sobre Diversidad Sexual, Identidad y Género de las Altas Autoridades en Derechos Humanos del MERCOSUR, organizado por la Presidencia Pro Tempore de Uruguay, expresa la urgente necesidad de trabajar para erradicar la discriminación por orientación sexual e identidad/expresión de género en nuestros países y reconocer los Derechos de la Diversidad Sexual como Derechos Humanos Fundamentales.

Para esto consideramos necesario:

- Derogar y/o modificar todo tipo de legislación y reglamentación discriminatoria o que criminalice a lesbianas, gays, bisexuales y trans y/o les restrinja el pleno ejercicio y goce de los mismos derechos que tienen el resto de los/as ciudadanos/as. En este sentido, derogar cualquier tipo de ley o reglamentación que prohíba a gays, lesbianas, bisexuales y/o trans donar sangre.

- Generar y/o impulsar políticas públicas transversales en todas las áreas de Gobierno (como por ejemplo “Brasil sin Homofobia” y aquellas propuestas por el “Plan Nacional contra la Discriminación”, de Argentina), leyes antidiscriminatorias, programas y acciones, en el ámbito de la educación, la salud, el trabajo, etc., que promuevan expresamente la no discriminación por orientación sexual e identidad/expresión de género, en especial aquellas que permitan el acceso de las personas trans en estos ámbitos. En el caso de las leyes, que estas sean de aplicación efectiva a través de alguna instancia que garantice su operatividad e invierta la carga de la prueba. Es importante establecer para esta tarea contactos directos con la sociedad civil para que cada decisión política emerja de un trabajo conjunto.

- Promover la inclusión de contenidos relacionados a los derechos humanos de las personas LGBT en la educación (pública y privada, institucional y no institucional) en todos sus niveles, incluyendo la formación docente, y fomentar campañas que tiendan a deconstruir los prejuicios sobre los que se basa la discriminación por orientación sexual e identidad/expresión de género. Promover la formación de grupos de investigación sobre temas relacionados a la diversidad sexual.

- Tomar decisiones y acciones políticas que terminen definitivamente con el hostigamiento, la discriminación, persecución y la represión de las fuerzas de seguridad hacia las personas LGBT, especialmente hacia las personas trans, en cada país.

- Generar leyes que garanticen a las personas LGBT y sus familias, la misma protección y derechos que los Estados le reconocen a la familia heterosexual, a través de la creación de instituciones jurídicas como la sociedad de convivencia, unión concubinaria, pacto de unión civil o la equiparación del acceso al matrimonio para las parejas del mismo sexo.

- Sancionar leyes que posibiliten a las personas trans los cambios registrales de nombre y sexo sin requisitos quirúrgicos o médicos de ningún tipo, y que garanticen el acceso público y gratuito a los tratamientos y cirugías de reasignación de sexo para aquellas/os que lo deseen.

- Generar espacios institucionales específicos dentro del Estado que trabajen temas de discriminación por orientación sexual e identidad/expresión de género. Que cada Estado informe sobre estos organismos a la sociedad y que los mismos reciban y sistematicen denuncias a las que se debe dar una respuesta concreta según el caso, pero que además permitan evaluar las políticas públicas a diseñar en cada lugar.

- Comprometer su voluntad política para impulsar el anteproyecto de la Convención Interamericana contra el Racismo y otras formas de Discriminación que se está discutiendo en el ámbito de la OEA que incluya expresamente la orientación sexual e identidad de género.

- Impulsar la creación de un Observatorio Regional de prácticas discriminatorias que incluya la discriminación por orientación sexual e identidad/expresión de género donde las organizaciones de la sociedad civil interactúen con las Altas Autoridades de DDHH del MERCOSUR y sus parlamentarios, entre otros/as, en investigación, estudio, discusión y atención de la temática. Que este observatorio produzca informes anuales sobre la situación de las personas LGBT en la región para ser presentado ante instancias nacionales e internacionales.

Reconocemos la necesidad de impulsar que en cada uno de nuestros países se asuma el desarrollo de las acciones necesarias para la implementación de las medidas enunciadas en esta declaración.

Nos comprometemos a organizar un próximo seminario, promoviendo la participación de las cancillerías, autoridades y funcionarios/as de los distintos poderes de cada país; incorporar de manera permanente en la RAADDHH la temática de la diversidad sexual, transversalizando los trabajos de todos los grupos, comisiones y programas; incluir en los informes periódicos de cada país sobre DDHH, como por ejemplo los DESC y el CERD, la temática de la diversidad sexual; y el estudio y consideración de los Principios de Yogyakarta para ser incluidos como tema para la próxima reunión, con el objetivo de considerar su apoyo por parte de los Estados Miembros.

La inteligencia es como un rio... entre mas profunda menos ruidosa.

Este es el vídeo (Everybody’s Free (to wear sunscreen) que, realizó el director australiano Baz Luhrmann (Romeo y Julieta, Moulin Rouge), en 1997.

Apareció en un álbum de EMI Music Australia. El disco se llama “Something for Everybody”. También forma parte de la banda sonora de “Romeo y Julieta”. Gracias a youtube, el vídeo se ha convertido en un éxito viral de Internet. Por si no podes seguir la traducción al castellano y, no sabes inglés, es una oportunidad de conocer el texto. La letra de la canción se tomó de un ensayo “Advice, like youth, probably just wasted on the young” que tiene la forma de discurso de graduación escrito por la periodista Mary Schmich del Chicago Tribune.





Convertido en una leyenda urbana se decía que el texto había sido escrito por el autor de CF Kurt Vonnegut , para la graduación de 1997 del MIT. El texto, en realidad un poema, es comparado con el poema de Max Ehrmann, “Desiderata“, otra leyenda urbana ( se decia que era un anónimo encontrado entre los legajos de una catedral).


Everybody’s Free (to wear sunscreen) Mary Schmich

Señoras y caballeros del curso del 97… usen crema con filtro solar.

Si sólo te pudiera ofrecer una pista para su futuro, ESA debiera ser el uso de la crema con filtro solar.

Los amplios beneficios de las cremas con filtro solar han sido probados por los científicos, mientras que el resto de mis recomendaciones no tienen más fundamento que mi propia y errática existencia.

Ahora voy a ofrecer este consejo.

Disfruta del poder y de la belleza de tu juventud. No te preocupes. Tu no entenderás el poder y la belleza de tu juventud hasta que se desvanezcan. Pero, confía en mi, dentro de veinte años mirarás a tus fotos antiguas y te traerán tales recuerdos que no podrás por menos que afirmar cuantas posibilidades tuviste y que maravilloso lucías en esa época.

NO estás tan gordo como imaginas.

No te preocupes por el futuro; o preocupaté, pero advierte que esa preocupación es tan efectiva como intentar resolver una ecuación algebraica masticando chicle. Y es cierto que los problemas realmente importantes en su vida son los que jamás se le pasarán por la mente, del tipo de los que ocupan tu cabeza a las cuatro de la tarde en un martes ocioso.

Haz todos los días una cosa que te asuste.

Canta.

No juegues con los sentimientos ajenos de forma irresponsable. No toleres que la gente trate tus sentimientos de forma irresponsable.

Relájate.

No pierdas el tiempo con la envidia: algunas veces ganas, algunas veces pierdes. La carrera es larga, y en el fondo, es sólo una carrera contra ti mismo.

Recuerda los halagos que recibas, olvida los insultos; (si tienes éxito haciendo eso, decime cómo lo conseguiste).

Guarda las viejas cartas de amor, tira los viejos recibos del banco.

Estirate.

no te sientas culpable si no sabes que hacer con la vida. Lo gente más interesante que he conocido no lo sabían a los 22 , algunos de los más interesantes tampoco a los cuarenta

Toma bastante calcio.

Se amable con tus rodillas, las echarás de menos cuando ya no te funcionen.

Tal vez te cases, tal vez no, Quizá tengas hijos, tal vez no, tal vez te divorcies a los cuarenta, tal vez bailes el vals en tu 75 aniversario.

Hagas lo que hagas no te enorgullezcas demasiado ni te censures.

Tus decisiones están dictadas en un 50 por ciento por el azar.

Disfruta de tu cuerpo, usalo de todas las maneras posibles No te sientas menos por eso, o por lo que otra gente piense de eso, el cuerpo es el instrumento más grande que jamás poseerás.

Baila.

Incluso si no tienes otro sitio para hacerlo que tu habitación.

Lee las instrucciones, aunque no las sigas.

NO leas revistas de belleza, sólo conseguirán hacerte sentir feo.

Conoce a fondo a tus padres, nunca sabras cuando se irán.

Quiere a tus hermanxs, son el mejor vínculo con el pasado y probablemente la gente que más cercana estará en el futuro.

Comprende que los amigos vienen y van, salvo un puñado de fieles que tenés que guardar con cariño,

Trabaja duro para evitar los obstáculos de la distancia o del estilo de vida porque, cuanto más viejo te hagas, más necesitaras de la gente que conociste cuando erás jovenes.

Vive en Nueva York alguna vez, pero dejalo cuando se vuelva demasiado duro, vive en el Norte de California alguna vez, pero dejalo cuando sea demasiado blando.

Viaja.

Acepta algunas verdades inmutables, los precios subirán, los políticos son todos unos habladorxs, tu también envejecerás y cuando lo hagas, fantasearás que, cuando tu eras joven, los precios eran razonables, los políticos eran nobles y los niños respetaban a sus mayores.

Respeta a tus mayores.

No esperés que nadie te apoye. ni mantenga.

Tal vez tengás una herencia jugosa, tal te cases con alguien millonario, pero no sabes cuando se pueden esfumar.

No os hagas demasiadas cosas en el pelo, pues cuando llegués a los 40 pareceras de 85

Ten cuidado a quien le pedís de consejos, pero se paciente con ellos. El consejo es una forma de nostalgia, proporcionarlo es una manera de rescatar el pasado de la basura, limpiarlo, pintar las partes feas y reciclarlo para venderlo por más de lo que vale.

Y confia en mi cuando te hablo de lo del protector solar.

lunes, 3 de septiembre de 2007

Un mensaje para lesbianas y gays (y tambien para heterosexuales)


Por Carlos Jáuregui

Tenemos que decirlo: Nosotros no creemos que los gays y las lesbianas tengamos un "derecho" a callar que somos gays y lesbianas. Si vos callás no es por tu elección, aunque asi lo creas. Fuiste forzado a callar desde chico y seguis haciendolo. Ya es tiempo de que planees otra cosa. El poder de hacerlo está dentro tuyo. Y solo vos podés pelear por eso.

Dejá de aguantar, culpando a tu familia, a tu escuela, al gobierno, a los medios de comunicación, a la iglesia y a la sociedad. Dejá de protestar sobre tu existencia y de revolcarte en la autocompasión. Si nadie sabe que sos gay o lesbiana -si sos muy joven y dependés de tus padres, si estás atrapado en una ciudad o un barrio homofóbico y lesbofóbico- andá preparando un plan para cuando seas más grande y tengas tu propio dinero, o puedas dejar ese lugar frustrante para vos. Un día te podrás hacer cargo de tu propia vida. Nadie puede hacerlo en tu lugar. Pero tenés que hacerlo tranquilamente y con sabiduria.

Toda persona debe llegar a quitarse la mascara, no importa cuan dificultoso o doloroso sea Todos y todas debemos poder hablar con nuestros padres, con nuestras familias, con nuestros amigos, con nuestros compañeros de estudio o trabajo. No será facil. Pero siempre llega la hora de hacerlo. Pensá. Toda esa gente vota. Si ellos no saben que nosotros somos gays y lesbianas -si ellos tienen la creencia de que los gays y las lesbianas son solo gente "horrible"- van a votar a aquellos que no defiendan nuestros derechos y, a veces, hasta nos persiguen.

Nuestro movimiento es como un inmenso ejercito pacífico de gente que se ama. Y viene marchando fuerte: mujeres con mujeres, varones con varones, gays, lesbianas, travestis, transexuales, bisexuales, brazo con brazo, mano con mano. Estamos andando un camino excitante y critico. Como toda revolución. Cada uno de nosotros está trabajando duro. Y nuestra diversidad es la mas poderosa arma con la que contamos. El ocultamiento, la amargura, las lágrimas, desaparecen al participar.

Pensalo bien. Siempre es mejor ser uno mismo. Porque da poder. Porque es liberador. Porque te hace sentir realmente poderoso. Y ya es tiempo. Ya es hora de marchar juntos. Pensalo bien: vos serás una de las personas que ha decidido ser honesta y hacer del mundo un lugar mejor para nosotras y nosotros. Un lugar mejor para todos los seres humanos.

Si vos sos heterosexual hablá con la gente gay o lesbiana que conozcas. Pensalo bien: vos debés ser, ahora, parte del cambio de esta sociedad, comenzando por tu casa, tu escuela, tu lugar de trabajo. Tus hijos e hijas deben ser educados sin odios, ni discriminaciones, ni violencias hacia nadie. Deben ser educados no solo para respetar a las personas gays, lesbianas y travestis, sino también para saber que será igual de bueno si ellas y ellos mismos son gays, lesbianas o travestis. Tenes que ayudar para que esta enseñanza sea tambien impartida en las escuelas.

Tus hijas e hijos gays y lesbianas no deben ser forzados a vivir ocultandose. Si está obligado u obligada a vivir oculto se le esta aplicando un abuso de menores y un terror psicologico brutal. Tené presente que un tercio de los suicidios entre los adolescentes se produce porque ellos o ellas no pueden asumir su condición de gay o lesbiana. Tu obligación es detener este terror. Frená a otros padres y madres que practiquen ese abuso. Apoyá el dictamen de una legislación que ampare los derechos de gays, lesbianas, travestis y transexuales. Ayudanos a construir un mundo respetuoso para todos los seres humanos.

"EN EL ORIGEN DE NUESTRA LUCHA ESTA EL DESEO DE TODAS LAS LIBERTADES"

Agradecemos la colaboración de Marcelo Ferreyra, quien brindó generosamente extenso material de la Biblioteca de Gays y Lesbianas por los Derechos Civiles.

La reseña sobre la militancia de Carlos Jauregui corresponde a un comunicado de la Comunidad Homosexual Argentina, a un año de su fallecimiento. (nota aparecida en Sentido G)