jueves, 9 de agosto de 2007

Día Internacional de las Poblaciones Indígenas

Agradecemos a la Unidad Pedagogica del IIDH por esta informacion.



Día Internacional de las Pobaciones Indígenas
9 de Agosto de 2007

Derechos de los Pueblos Indígenas

En 1994 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)
proclamó el Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas (1995-2004). En
el marco de este iniciativa decidió, mediante la resolución 49/214 del 23 de
diciembre, celebrar esta efeméride cada año de ese decenio.

Su principal mérito fue lograr que las Naciones Unidas prestasen atención
prioritaria a la necesaria comprensión de los problemas a que deben hacer
frente los pueblos indígenas del mundo entero. Se escogió ese día porque
realmente conmemora un día en el cual el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones
Indígenas se reunió por primera vez en 1982.

Posteriormente, en el 2004 la Asamblea proclamó el Segundo Decenio
Internacional de los Pueblos indígenas (2005-2014) a través de la resolución
59/174, e igualmente decidió postergar la celebración anual de este día, e
inclusive pidió al Secretario General que respaldara la celebración dentro
del límite de los recursos existentes y que alentara a los gobiernos para
que lo celebren a nivel nacional también.

Además de esto la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la
Ciencia y la Cultura (UNESCO), durante este segundo decenio, se comprometió
a proseguir e intensificar sus esfuerzos por promover las culturas de los
pueblos indígenas y sus derechos fundamentales, así como de insistir en la
necesidad de integrar la cultura en todas las políticas de desarrollo. Esta
integración es particularmente necesaria en el caso de estos pueblos, que
comparten una visión holística del mundo y mantienen un vínculo especial con
su entorno.

Es importante subrayar, que la importancia de este día, radica en hechos
tales como el papel que cada uno de los indígenas, en particular los
jóvenes, desempeñan en la transmisión y la salvaguardia del saber relativo a
su patrimonio cultural y natural. Como garantes de la diversidad cultural y
biológica, los jóvenes indígenas deben sentirse orgullosos de su identidad y
su cultura, y conservar su singularidad sin renunciar a ocupar el lugar que
les corresponde en un contexto mundializado.

Los derechos de los indígenas que se encuentran consagrados en la
Constitución (Título III, Capítulo VII) comprenden desde su reconocimiento
por el Estado de su organización social, política y económica; su derecho a
mantener y desarrollar su identidad étnica; una educación propia de carácter
intercultural y bilingüe; garantía de la propiedad intelectual y la
participación política, entre otros.

Fuente:
http://www.un.org/spanish/indigenousday/2005/.
http://portal.unesco.org/culture/es/ev.php-URL_ID=28060&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html.
http://www.ilo.org/public/english/bureau/dgo/speeches/somavia/2005/indigenous.pdf.

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